Si queremos marcar los puntos fundamentales del dificultoso íter del Sínodo de 2014 y el que está en camino para octubre de 2015, tendremos que indicar tres momentos claves hasta el momento, que son: el discurso del Cardenal Walter Kasper durante el Consistorio de febrero de 2014 (al que se debe sumar un artículo publicado un mes más tarde en L’Osservatore Romano[1]), y las dos Relaciones publicadas durante el Sínodo de octubre de 2014. Ha habido a lo largo de todo este tiempo muchas intervenciones, pero si pretendemos remitirnos a documentos escritos, las claves están en los tres indicados. Debemos comenzar, pues, por presentar estos textos.
A pedido del Papa Francisco, el Card. Kasper pronunció, el 20 de febrero de 2014, durante el Consistorio de Cardenales, una larga conferencia, publicada casi inmediatamente por él mismo en forma de libro con el título Il vangelo della familia[2].
Se trata de un largo discurso en el que toca diversos temas relacionados con la familia, como la familia en el orden de la creación, las consecuencias del pecado en la vida de la familia, la familia en el orden cristiano de la redención y la familia como iglesia doméstica. A lo largo de toda su exposición encontramos afirmaciones que producen mucha perplejidad. Por ejemplo, atribuye la doctrina de la indisolubilidad a san Agustín y sostiene que no debe ser entendida como “especie de hipóstasis metafísica” al lado o por encima del amor personal de los esposos, sin aclarar qué entiende por tan llamativa y poco clara metáfora, pero nos hace pensar que afirma que la indisolubilidad es algo por debajo del amor personal de los esposos, lo que abre horizontes altamente subjetivos para la comprensión del matrimonio.
Es hacia el final de su ponencia que Kasper aborda “el problema de los divorciados vueltos a casar” civilmente. Sobre este tema afirma expresamente que es “un problema complejo y espinoso” y que “no puede reducirse a la cuestión de la admisión a la comunión” (eucarística)[3], aunque, en definitiva, él no hace otra cosa que buscar una solución para que puedan recibir la comunión eucarística, pasando, todo lo demás, a segundo plano. Dejemos en claro que Kasper en ningún momento plantea en su Relación la solución ya dada por Juan Pablo II en Familiaris consortio para los casos en que los divorciados vueltos a casar civilmente –y los simplemente convivientes– no puedan separarse, a saber, vivir como hermanos. Probablemente porque, como diría en intervenciones posteriores, “[vivir como hermanos] es un acto heroico, y el heroísmo no es para el cristiano promedio”[4]. Afirmación sorprendente en un pastor que debe alentar a vivir el Evangelio de la Cruz. De ahí que los intentos de solución buscados por Kasper se refieran a los divorciados vueltos a unir que pretenden recibir la eucaristía manteniendo contemporáneamente una vida sexual activa. A esto se puede añadir algo a lo que en la Relación al Consistorio no se hizo ningún acento (porque es intrascendente para el Cardenal, quien considera que no cambia en nada la situación moral de estas personas): la cuestión de la práctica de la anticoncepción. De hecho, entrevistado el 5 de mayo de 2014 –dos meses después de su intervención en el Consistorio– por Brian Lehrer en el programa de la radio WNYC, de la ciudad de New York, dijo sobre el tema: “la Iglesia no está en contra de los métodos anticonceptivos. … Se trata de métodos de control de natalidad. … No quiero entrar en detalles… en cómo tienen que hacerlo; depende de su conciencia y su responsabilidad personales”[5]. Afirmación que da al traste con toda la doctrina moral conyugal de Pablo VI y Juan Pablo II.
Las afirmaciones de Kasper son fluctuantes y contradictorias. Así señala que a este problema “no puede proponerse una solución diversa o contraria a las palabas de Jesús”[6], con lo que estamos completamente de acuerdo. Sin embargo, a continuación presentará procedimientos contrarios a los dados por Cristo, lo cual supone una de dos: o bien entiende que Jesús no dice lo que siempre la Iglesia ha entendido que dice; o bien tiene algún problema con el principio de no contradicción.
Encuentro sus afirmaciones cruzadas por varios sofismas. Afirma, por ejemplo, que “muchos cónyuges abandonados dependen, para el bien de los hijos, de una nueva relación y de un matrimonio civil, al cual no pueden renunciar sin nuevas culpas”[7]. Está afirmando, nada más y nada menos, que, para algunos, juntarse con quien no es su marido es una obligación moral; por tanto, negarse a ello sería una culpa moral. Y para que no quepan dudas añade a continuación que “a menudo… estas relaciones… vienen percibidas como un don del cielo”. Es comprensible que muchos queden perplejos leyendo tales especulaciones.
También señala que el Código de Derecho Canónico de 1917 calificaba la situación de los divorciados vueltos a casar como “bigamia” (c. 2356), y los declaraba “ipso facto” infames y sujetos de posibles penas canónicas, mientras que no se usan estos términos en el Código de Derecho Canónico de 1984 (CIC, c. 1093), y en la Familiaris consortio y la Sacramentum caritatis se llega incluso a hablar con delicadeza de estos cristianos[8]. De estos hechos parece inferir que para el Magisterio la naturaleza de la nueva unión de un fiel divorciado ha cambiado; cuando correspondería hacer importantes distinciones que Kasper deja (¿deliberadamente?) confusas. Es cierto que hoy la actitud de la Iglesia es pastoralmente más comprensiva porque las circunstancias que empujan a muchos cristianos a la ruptura y a nuevas uniones son más dramáticas. Se entiende, pues, que no se insista con calificaciones penosas…; pero esto no significa que la bigamia haya dejado de ser tal: toda persona casada nuevamente en vida del legítimo cónyuge, es bígama. Y esto no depende de actitudes pastorales sino de la naturaleza de las cosas, como lo reconoce incluso la lengua (la primera acepción que da el Diccionario de la Real Academia Española al adjetivo “bígamo, ma” es: “Que se casa por segunda vez, viviendo el primer cónyuge”).
Kasper plantea dos posibles vías de solución, o dos “situaciones”, como él las denomina.
La primera es la de quienes están convencidos en conciencia de que su matrimonio no fue válido[9]. El cardenal sólo alude a una causal de nulidad: “la necesidad de aceptar la fe en el misterio definido del sacramento y que comprendan y acepten verdaderamente las condiciones canónicas para la validez de su matrimonio”. Indica, pues, tres condiciones para la validez del sacramento del matrimonio: a) fe en el misterio definido del sacramento, b) comprensión de las condiciones canónicas (es decir, de la unidad y la indisolubilidad), y c) aceptación de estas últimas. Reconoce que el derecho eclesiástico “presupone la validez del vínculo” y que prescribe que la nulidad, cuando se duda de ella, deba ser demostrada. Considera, sin embargo, que esta “praesumptio iuris” es una ficción del derecho. Y pone en duda que hoy se cumplan estas condiciones en quienes contraen matrimonio, por lo que “muchos matrimonios” (“tanti matrimoni”) serían inválidos. Propone, en consecuencia, una agilización de los procesos de nulidad pasándolos, primero, del tribunal eclesiástico a la competencia del obispo del lugar y, luego, de éste a un sacerdote con experiencia espiritual y pastoral, delegado por el ordinario para juzgar y sentenciar en cada caso.
A esta “solución” hay que hacerle muchas objeciones (lo haremos más adelante), como, por ejemplo, la inexactitud de sostener sin más que para la validez del matrimonio se requiera la fe en el misterio revelado del mismo; o el dislate de suponer la presumptio iuris una ficción jurídica; el desvarío, pastoralmente inexplicable, de pedir que se deje en manos de un sacerdote particular –juez privado, incontrolable, que podría manejarse según criterios personales y subjetivos– el juicio sobre el vínculo matrimonial, que es, nada más ni nada menos, el acto social y público del que depende la estabilidad y el futuro de la sociedad. Propuestas, todas increíbles.
La segunda situación es la de quienes no tienen dudas de la validez de su matrimonio y en consecuencia no quieren –porque no pueden pretenderlo– una declaración de nulidad; tampoco están dispuestos a separarse de la persona con la que ahora conviven, pero quieren alguna legitimación y el acceso a los sacramentos[10]. La solución que propone Kasper para estos casos consiste en considerar la segunda unión, no como un “segundo matrimonio” sino como “tabla de salvación”. Difícil es comprender la naturaleza de esta entidad etérea que no es matrimonio pero es como si lo fuera. Parecería ser, en el fondo, una “convivencia legitimada por la misericordia”. Kasper asegura que no serían muchos los que podrían encuadrarse en esta categoría, dejándonos tranquilos de que solo algunos pocos reunirían las condiciones (como si la cuestión tuviera que ver con la tacañería de ahorrar absoluciones y hostias y no un problema de cuadrar un círculo). Según el cardenal esta solución se aplicaría a quién reúna las siguientes condiciones (lo que está entre paréntesis son nuestras observaciones):
1) “se arrepiente del fracaso de su primer matrimonio” (sic: no del pecado actual de adulterio –que para Kasper puede ser incluso obligatorio– sino del fracaso anterior ¿?);
2) “ha cumplido las obligaciones del primer matrimonio y ha excluido definitivamente dar marcha atrás” (parece tener en mente solo obligaciones económicas, que son, a decir verdad, las menos importantes; las verdaderas obligaciones de justicia precisamente no las está cumpliendo al convivir con quien no es su cónyuge);
3) “no puede abandonar sin otras culpas los empeños asumidos en el nuevo matrimonio civil” (¿por qué sería culposo [pecado] cortar una situación de pecado, ya sea separándose o, al menos, viviendo sin trato more coniugali[11], sino como hermanos?);
4) “se esfuerza en vivir lo mejor posible el segundo matrimonio a partir de la fe y de educar a sus propios hijos en la fe” (vivir esta situación “desde la fe”, no puede significar, si hablamos de la fe católica, otra cosa que separarse o vivir como hermanos);
5) “si desea los sacramentos como fuente de fuerza en esta situación” (los sacramentos de la penitencia no pueden dar fuerza para mantener una situación de pecado, sino para cortar con ella).
Quien se encuentra en esta situación, podría, según Kasper, acceder a los sacramentos (confesión y eucaristía), después de un período de penitencia. ¿Penitencia de qué? Como ya dijimos: solamente de haber fallado en el primer matrimonio. Esta vía no exige arrepentimiento del estado actual, ni de los actos sexuales adulterinos. Kasper avala su inexplicable solución con dos argumentos.
El primero es que si un divorciado vuelto a casar puede hacer una comunión espiritual, y esto implica “hacerse una sola cosa con Jesucristo”, lo que indica que “no está en contradicción con el mandamiento de Cristo”, entonces “¿por qué no puede también recibir la comunión sacramental?”[12] Volveremos sobre este argumento que conlleva un equívoco en el concepto de “comunión espiritual” tan grosero como pasarse en una autopista del carril propio al que viene a contramano (¡y estamos resumiendo el pensamiento de un teólogo que ha sido prefecto de un dicasterio pontificio!). Para apoyar su tesis aporta al final de su Relación un Apéndice (I) sobre la “fe implícita”[13].
El segundo afirma que tal ha sido la solución que aplicaron en los primeros siglos algunos Padres de la Iglesia como Basilio Magno, Gregorio Nacianceno, Orígenes, San Agustín. Esto le parece tan arraigado en la Iglesia antigua que habla de “derecho consuetudinario” de algunas Iglesias particulares, “en base al cual los cristianos que, aún en vida del primer partner, vivían una segunda unión, después de un período de penitencia tenían a disposición no una segunda nave, no un segundo matrimonio, sino a través de la participación en la comunión, una tabla de salvación”. Se trataba, dice, de “una pastoral de la tolerancia, de la clemencia y de la indulgencia”. Kasper ve esto confirmado por el Concilio de Nicea (año 325) contra el rigorismo de los novacianos. Como ampliación de su argumento, ofrece un segundo Apéndice (II)[14]. Veremos también más adelante, el error de comprensión histórica –propiamente una tergiversación de la historia– en que incurre Kasper, quien toma como referencia principalmente la obra de O. Ceretti, completamente incompetente como demostró su adversario H. Crouzel y muchos otros, en particular Gilles Pelland. Añado que tanto en el texto leído, como en el Apéndice II, Kasper dice apoyarse en la propuesta del cardenal J. Ratzinger, quien en un artículo de 1972 había propuesto una solución atribuida a san Basilio Magno[15]. Sin embargo, el texto que cita Kasper ya había sido modificado por Benedicto XVI, precisamente en lo que el cardenal cita en favor de su tesis, encontrándose en prensa en el momento en que Kasper lo usaba en su apoyo[16]. Puede comprenderse que Kasper ignorase este pormenor –ignorancia de la que habría sido sacado si hubiera tenido la delicadeza de decir a Benedicto XVI que iba a usar su autoridad para avalar una tesis discutidísima delante de todo el Colegio Cardenalicio–. No que no puede comprenderse es que no hiciera constar, no ya por delicadeza sino por honestidad, que su fuente, el cardenal Ratzinger, en el entretiempo que va de 1972 a 2014 no sólo había firmado, como Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, la Carta a los Obispos sobre la recepción de la comunión eucarística por parte de los fieles divorciados vueltos a casar (año 1994), sino que había escrito de su propio puño la magnífica Introducción al volumen que recoge este documento y otros del magisterio, así como varios comentarios, donde se sostiene que no se puede dar la comunión a los divorciados, siendo él mismo muy crítico con algunas posiciones teológicas, precisamente las mismas que están en la base de las propuestas que hace Kasper[17].
En el Apéndice II también cita a favor de sus tesis, la praxis de las Iglesias ortodoxas afirmando que ellas “han conservado conforme al punto de vista pastoral de la tradición de la Iglesia de los primeros tiempos, el principio válido para ellos de la oikonomía. El cual se ha ampliado a partir del siglo VI, haciendo referencia al derecho imperial bizantino…, incluyendo otros motivos de divorcio”. También esta interpretación de la tradición ortodoxa es inexacta, como lo ha demostrado, entre otros, mons. Cyril Vasil, secretario de la Congregación para las Iglesias Orientales. Volveremos sobre ello.
En síntesis, el escrito de Kasper es ambiguo, contiene datos equivocados, argumentos ilógicos, y una doctrina sacramental que desbarra, con frecuencia, de la fe católica. Él reconoce que su intento responde a “un cambio de paradigma” (“tenemos necesidad de un cambio de paradigma”). Esto significa, como puede verse si se escarba un poco, un cambio en la doctrina católica del matrimonio. Por eso fue inmediatamente contestado por varios autores, entre ellos varios Cardenales presentes en el Consistorio; razón por la cual publicó pocos días más tarde un artículo en L’Osservatore Romano donde ratificaba sus posiciones y añadía otros conceptos que analizaremos más adelante.
Ni en su Relación al Consistorio, ni en el texto posteriormente publicado, Il Vangelo della Famiglia, así como tampoco en el artículo publicado en L’Osservatore Romano, cita el cardenal Kasper a Bernard Häring. Sin embargo, es imposible no identificar muchas –y hasta casi todas– de sus propuestas como las expuestas por este moralista en su controvertido libro publicado en 1989 con el título Ausweglos? Zur Pastoral bei Scheidung und Wiederverheiratung: Ein Plädoyer, traducido al año siguiente en varias lenguas como Pastoral para divorciados. ¿Un camino sin salida?[18] No es ninguna casualidad que los dehonianos de Bologna lo hayan republicado (estaba agotado) solo seis meses antes del Consistorio. ¿Campaña, oportunismo económico, o las dos cosas?
En un artículo publicado dos años antes de su fallecimiento (1996) sobre la revista “America”, representante de la vanguardia progresista norteamericana, Häring aludía a la carta pastoral redactada en 1993 por tres obispos alemanes, Lehman, de Mainz, Saier, de Freiburg, y Kasper, de Rottenburg-Stuttgart, sobre la pastoral de los católicos divorciados y vueltos a casar, elogiando su “tono pastoral de franqueza y apertura”[19]. Según Häring, la carta sostiene la admisión de esos católicos a la eucaristía de acuerdo con “sabios principios de discernimiento”; en realidad, según los principios que él había expuesto en su libro tres años antes. Ponderaba también el “espíritu de candor y sinceridad” y el “ánimo de no violencia” con que los tres obispos habían recibido “la respuesta discordante de la Congregación vaticana para la Doctrina de Fe”. Candor y sinceridad, pero no acatamiento, como se ha visto a lo largo de todos estos años. Häring dejaba en claro que ya entonces Kasper comulgaba con sus ideas y no con las del Magisterio[20]. Teniendo en cuenta que se refería a la Congregación para la Doctrina de la Fe, cuyos documentos, aprobados expresamente por el Papa, “participan del magisterio ordinario del sucesor de Pedro”, esto no deja de ser altamente preocupante[21].
Considero, por estas razones, conveniente conocer lo sustancial del pensamiento de este teólogo redentorista para comprender correctamente la portada de las propuestas de Kasper.
Las tesis principales que Häring defiende en su libro pueden sintetizarse en las sentencias que expongo a continuación.
1º Pretende presentar sus propuestas como un trabajo de fidelidad al pensamiento de Cristo, cuyo núcleo es la misericordia salvadora y no el juicio. Juzga que en el pasado la Iglesia (entiéndase: la jerarquía y el magisterio) no se ha dado cuenta de modo suficiente que Cristo ha venido a hacer misericordia y no a juzgar; también considera a la Iglesia esclavizada en una interpretación literal del Evangelio que obstaculiza su fidelidad a su Fundador; asimismo entiende que la Iglesia no ha logrado hasta ahora encontrar los caminos para entender el matrimonio como vocación a la libre fidelidad en las condiciones del mundo actual[22]. Häring, pues, pretenderá ilustrar de modo auténtico el pensamiento misericordioso de Cristo, así como indicar la auténtica interpretación espiritual de la enseñanza de Cristo y mostrar los caminos para que la Iglesia pueda entender correctamente el matrimonio en el contexto moderno.
2º Piensa que la Iglesia, hasta el momento, tanto en su doctrina como en su praxis sobre “matrimonios mixtos, regulación de los nacimientos y el comportamiento respecto de los divorciados vueltos a casar”, se ha guiado con “rigorismo y frialdad burocrática” (no perdamos de vista que Häring quien inició, entre los primeros, la oposición a la doctrina moral matrimonial propuesta por el beato Pablo VI en la Humanae vitae [23]). Tanto la doctrina como la praxis tradicional de la Iglesia son consideradas, pues, “insensibilidad moral” e incluso “estructuras pecaminosas”, y constituyen la “causa principal… de alejamiento y abandono de la Iglesia”. Corroboraba este aserto con su propia experiencia comentando que “hace más de treinta años atrás [se refiere, pues, a sucesos de la década del sesenta], una parroquia anglicana (episcopaliana) de Chicago ha constatado que más de la mistad de sus fieles era el fruto de esta praxis de la Iglesia católico-romana”[24]. ¿Qué diría hoy, cuando no solo individuos y grupos pequeños, sino hasta enteras parroquias anglicanas piden ser recibidas en la Iglesia católica, habiendo tenido que crearse un Ordinariato para los numerosos neo-conversos que huyen de los desastres morales y dogmáticos en que los principios liberales han precipitado al anglicanismo? La razón de la primera apostasía no parece haber sido, pues, la rigidez doctrinal de la Iglesia, puesto que no ha cambiado en nada. ¿No sería, más bien, la predicación de los teólogos de la línea de nuestro autor, que sembraron confusión en las almas de tantos fieles?
3º Este burocraticismo y rigorismo –que llama a veces tuciorismo– se ha acentuado con la publicación del nuevo Código de Derecho Canónico (1984), que “ha revocado concesiones razonables que habían sido ya aprobadas para determinadas regiones”[25]. Se refiere, juzgándolas “razonables”, a los increíbles abusos de los tribunales eclesiásticos norteamericanos, de los que haremos mención más adelante, que protagonizaron un escándalo histórico entre los fieles de Estados Unidos, al punto de llegó a hablarse, en referencia a su praxis, de “divorcio católico”. Häring propone que se supere el tuciorismo riguroso en los procesos eclesiásticos, y exige que el peso de la demostración de la nulidad del matrimonio recaiga principalmente sobre el tribunal eclesiástico, y no sea ya el cónyuge demandante quien deba probar la invalidez de su matrimonio[26]. Esto equivale a invertir la carga de la prueba; o sea que, si una persona aduce que su matrimonio fue nulo, en vez de estar obligado a demostrarlo, es la Iglesia la que debe probar que fue válido; y si no logra probarlo, debería dar el permiso para el nuevo matrimonio. “De frente a un primer matrimonio irremediablemente «muerto», en el caso de duda sobre la validez inicial no debería haber ninguna prohibición para un segundo matrimonio. Al contrario, a aquellos divorciados que están personalmente convencidos de la invalidez originaria de su primera unión, condenada por eso al fracaso, debería serles concedida la libertad de volver a casarse «en el Señor»”[27]. Realmente es increíble que Häring pueda plantear esto sin advertir –tratemos de ser indulgentes con sus intenciones– en la anarquía que esto introduciría en la sociedad y en la misma Iglesia: el acusado (en este caso: el mismo vínculo del que depende la estabilidad del matrimonio y de la sociedad) no debe ya defenderse de la acusación mostrando la inconsistencia de los cargos sino que debe positivamente mostrar su inocencia. Se presume, pues, la culpabilidad a menos que se demuestre la inocencia. Junto al matrimonio, moriría todo el derecho.
4º De la concepción rigorista de la sexualidad y del matrimonio es responsable principalmente san Agustín –lo mismo dirá Kasper–: “En la Iglesia católico-romana todo lo que toca a la sexualidad tiene que ver, obviamente además de la voluntad de permanecer fieles al mandamiento del Señor, con los puntos de vista expresados por san Agustín, que en este respecto son más bien estrechos y rigoristas, y con otros influjos análogos”[28].
5º En particular juzga que “la existencia de una segunda instancia [del proceso canónico de nulidad matrimonial] continúa a retardar muchos procedimientos”. Critica los tribunales de ser “verdaderas y propias cortes procesuales donde el amor sanador del Redentor tiene muy poco acceso”[29]. Insiste diciendo que “la institución de los tribunales eclesiásticos, a menudo tan enferma y causa de enfermedades, no es sino un síntoma de una adaptación fallida”[30].
6º Sostiene que “la configuración y las funciones del matrimonio y de la familia… han cambiado radicalmente”[31]. Con esto quiere decir que, a diferencia del pasado, en el modelo que él califica de patriarcal, hoy en día una vida celibataria no encuentra lugar: “Hoy el derecho a formarse una familia propia es considerado sacrosanto, entre los más inviolables”. Por eso, dice, “cuando se prescribe vivir en una condición celibataria a quien ha fracasado en su primer matrimonio (…) tal medida consterna e hiere a los interesados y a los familiares en una medida que habría sido impensable en otro tiempo. Hoy quien vive solo, en esta sociedad industrial anónima y privada de orden, es extremadamente vulnerable. La mujer divorciada o abandonada es mal mirada, y es considerada como una potencial rival. Con la ruptura del matrimonio parece saltar toda rémora. El «¡Ay del solo!» –«no es bueno que el hombre esté solo»– es experimentado en términos totalmente nuevos. Las estadísticas muestran que estas personas obligadas a vivir en soledad están más expuestas a enfermedades psicosomáticas que cuantos viven en la protección de la familia. El porcentaje de suicidios que los afecta es muy superior a los relativos a las personas que viven en matrimonios bien logrados. El peligro de la dependencia de la droga y/o alcoholismo es preocupante”[32]. Häring argumenta de modo desenfocado, indicando dificultades solo parcialmente reales. Si, como él dice, permanecer célibe en esta sociedad fuera potencialmente peligroso para la vida psíquica, espiritual, moral y hasta física, las personas instintivamente tenderían a evitarla con todas sus fuerzas. Pero esto no concuerda con muchos actuales estudios sociológicos. Ya que Häring apela a las estadísticas, hagamos lo mismo y veremos que o ha presentado datos manipulados o las cosas han cambiado radicalmente en estos últimos veinte años. Porque muchos actuales sociólogos señalan que cerca del 50% de los adultos norteamericanos –para tomar un solo punto de referencia de comienzos del siglo XXI– son solteros, y más del 30% de los hombres adultos, así como más del 25% de las mujeres adultas, nunca se han casado. Y que una de las tendencias en aumento es la de vivir solos, es decir, sin familia. La Organización Euromonitor Internacional, manifestaba en 2011 que el número de personas que viven solas a nivel mundial pasó de 153 millones en 1996 a 277 millones en 2011; para esa fecha en Japón, el 31,5% de todos los hogares se componía de una sola persona. El mismo año, 2011, el Instituto Nacional de Estudios Demográficos de Francia, informaba que una de cada siete personas vivía sola, habiendo pasado del 6% en 1962 a 14% en 2007. En los países nórdicos la tendencia también sigue en aumento, siendo Suecia el país del mundo con más personas que viven solas (47%), mientras en Noruega el porcentaje es del 40%[33]. Los estudios aducen razones de diversos órdenes: algunas son económicas (la vida de un soltero es más barata que la una familia), pero otras son culturales, como “un deseo creciente” de esta experiencia solitaria en la que muchos ven un “paso casi natural en el desarrollo del individuo”, “una señal de realización personal y de independencia, basada en los valores liberales”. Es la misma razón por la que en muchas sociedades, como la italiana, se dilata tanto la edad de casamiento. Resumiendo: no pocos sociólogos indican, pues, que la gente se maneja por razones contrarias a las que suponía Häring: “antes, la única forma en que las personas creían encontrar la felicidad era en una relación de pareja. Ahora lo que estamos viendo es que hay muchas más maneras”[34]. Eric Klinenberg, sociólogo de la universidad de Nueva York y estudioso del tema de la soledad, sostiene que en la actualidad quince millones de norteamericanos de edad media, entre 35 y 64 años, prefieren vivir en tal condición, y a ellos se suman cinco millones de jóvenes entre 18 y 34, es decir diez veces más que en 1950[35]. Insisto en estos datos para mostrar que la argumentación de Häring se basa en un uso sesgado de ciertos datos. Kasper tiene el mismo método.
7º Häring propone inspirarse en la solución que han dado las Iglesias ortodoxas al problema de los matrimonios fracasados, es decir, mediante la llamada oikonomía: “[Esto es] lo que pienso: la iglesia católica podría aprender mucho de la propia tradición multiforme y sobre todo de la tradición caracterizada por la oikonomía que es propia de las iglesias orientales”[36]. Más adelante explicaremos qué se entiende por esta praxis, que no es tan florida y esperanzadora como la presenta, exageradamente, Häring, ni tiene un origen propiamente eclesiástico sino que responde a una abusiva injerencia del poder político, primero en la pastoral de la Iglesia de Oriente, y luego en su misma doctrina. Adelanto solamente –para que se vea la verdadera portada divorcista de este principio de “misericordia pastoral”– que, como reconoce el mismo Häring, mientras no desalienta el segundo matrimonio de los viudos (en quienes permanece vivo y actuante el recuerdo del cónyuge difunto), sí lo hace con los casos que juzga como: 1) “muerte moral” del matrimonio (“cuando, luego de comportamientos gravemente incorrectos, una convivencia no tiene más nada que ver con el sacramento de salvación”[37]), 2) “muerte psíquica” del cónyuge (cuando la enfermedad mental hace imposible la relación conyugal[38]) y 3) la “muerte civil” (los llevados como esclavos que nunca más verán a sus cónyuges, las declaraciones de muerte presunta en situaciones de guerra, y los condenados a cadena perpetua[39]). Häring no cita fuentes, pero varios autores sostienen que la fuente inspiradora es el teólogo ruso Evdokimov[40].
8º Häring sabe que un cambio como el que propone, ni en el más auspicioso de los casos, podría ser inmediato, por lo que su última propuesta es para el intermezzo: “qué se puede hacer desde ahora en espera de la nueva normativa?”[41] Ante todo propone hacer lo posible por ayudar a los matrimonios en crisis; pero cuando esto no parece posible, y sobre todo, cuando los que piden ayuda o consejo son ya personas divorciadas vueltas a casar, propone guiarse por el concepto de la epiqueya, que presenta interpretando equivocadamente algún pasaje de San Alfonso de Ligorio[42]. Más adelante nos referiremos a este tema, mostrando los errores que comete al respecto tanto Häring como Kasper, quien lo sigue al pie de la letra (sin citarlo). Es en la epiqueya que nuestros dos autores ven el modo de orientar la praxis de la oikonomía en la pastoral católica, al menos como primer paso. A través de un erróneo uso de la epiqueya Häring empuja al pastor que recibe a los divorciados vueltos a casar, a ejercer en el fuero interno el derecho a declarar nulo su(s) matrimonio(s) anterior(es) y volver a casarlos[43].
* * *
Como puede verse, en Häring –singularmente en este texto tan influyente en su momento– se basa Kasper, o por lo menos, si este último lo negara –que no lo ha hecho–, están tan unidos en el pensamiento como Rómulo y Remo sorbiendo las ubres de su loba adoptiva.
NOTAS:
[1] Kasper, W., Misericordia y verdad, en: L’Osservatore Romano (lengua española), 28 de marzo de 2014, 6-7.
[2] Kasper, W., Il Vangelo della Familia, Queriniana, Brescia (2014).
[3] Kasper, W., Il Vangelo della Familia, 41.
[4] Matthew Boudway – Grant Gallicho, An Interview with Cardinal Walter Kasper. Merciful God, Merciful Church, Commonweal (revista jesuita norteamericana), 7 de mayo de 2014.
[5] Sanahuja, J. C., Kasper siembra confusión, Noticias Globales, 14 de mayo de 2014. Al momento de la redacción de este trabajo (2/04/2015) el audio de la entrevista se encuentra disponible en: http://www.wnyc.org/story/popes-theologian/.
[6] Kasper, W., Il Vangelo della Familia, 42.
[7] Ibídem. La cursiva es mía.
[8] Kasper, W., Il Vangelo della Familia, 43.
[9] Kasper, W., Il Vangelo della Familia, 44-46. La revista La Civiltà Cattolica, de los jesuitas, se ha alineado tras Kasper al publicar la entrevista de su director Antonio Spadaro, al teólogo dominico Jean-Miguel Garrigues, que vuelve a proponer este argumento, a nuestro juicio sofístico: “Chiesa di puri” o «Nassa composita”?, Intervista di Antonio Spadaro S.I., La Civiltà Cattolica, n. 3959, (junio 2015), 507-508.
[10] Kasper, W., Il Vangelo della Familia,, 46-52.
[11] La expresión “more coniugali” y “more uxorio”, usadas repetidamente en el contexto de las discusiones sobre las que tratamos, designan el modo de vida análogo al de los esposos sexualmente activos.
[12] Kasper, Il Vangelo della Famiglia, 47,
[13] Kasper, W., Il Vangelo della Familia, 57-58.
[14] Kasper, W., Il Vangelo della Familia, 59-62.
[15] Raztinger, J., Zur Frage nach der Unauflöslichkeit der Ehe. Bemerkungen zum dogmengeschichtlichen Befund und zu seiner gegenwärtigen Bedeutung (Sobre la cuestión de la indisolubilidad del matrimonio. Observaciones sobre lo que deriva de la historia de los dogmas y sobre su importancia actual), Munich (1972).
[16] El texto ha sido publicado corregido en: J. Ratzinger – Benedikt XVI, Einführung in das Christentum. Bekenntnis, Taufe, Nachfolge, Joseph Ratzinger Gesammelte Schriften, Band 4, Verlag Herder, Freiburg (2014).
[17] Raztinger, J., Introducción; en: Sobre la atención pastoral de los divorciados vueltos a casar. Documentos, comentarios y estudios; 9-35. La tercera parte de su trabajo se titula: “III. Objeciones contra la doctrina de la Iglesia – Líneas para una respuesta”; y toca cinco objeciones principales: 1) Que las palabras de Jesús en el Nuevo Testamento sobre la indisolubilidad permiten una aplicación flexible y no pueden encerrarse en una categoría rígidamente jurídica; 2) Que la tradición patrística dejaría espacio para aceptar nuevas nupcias de divorciados, y que la Iglesia podría aprender del principio de la “economía” de las Iglesias orientales separadas; 3) La propuesta de algunos de que se permitan excepciones en base a la epikeia y a la aequitas canonica; 4) Que el Magisterio ha involucionado hacia una visión preconciliar del matrimonio; 5) Que la actitud de la Iglesia hacia los divorciados vueltos a casar es unilateralmente normativa y no pastoral. Si el texto de Raztinger hubiese sido publicado en marzo de 2014, podría haber pasado como contestación y refutación del discurso de Kasper en el Consistorio. Parece, pues, un tanto indecoroso de parte de Kasper ampararse en un escrito juvenil de quien, de hecho, en este otro escrito posterior, es su notorio adversario. Al menos es poco decente no hacerlo notar.
[18] Häring, B., Pastorale dei divorziati. Una strada senza uscita?, Bologna (1990).
[19] Se trata de la carta pastoral La pastoral de las personas con matrimonio fallido, divorciados y matrimonio de divorciados, escrita en 1993, por los obispos alemanes Oskar Saier, Karl Lehman y Walter Kasper, de Friburgo, Mainz y Rottenburg-Stuttgart. La referida Carta tenía dos partes: una “Carta Pastoral” sobre la pastoral de los divorciados y los matrimonios de divorciados y “Los principios fundamentales para un acompañamiento pastoral” de las personas con problemas matrimoniales y de los divorciados casados de nuevos de la provincia eclesial de Oberrhein donde ellos eran pastores.
[20] Häring, B., Yet There Is Movement, Rev. “America”, 21 de setiembre de 1996.
[21] En efecto, “los documentos de esta Congregación, aprobados expresamente por el Papa, participan del magisterio ordinario del sucesor de Pedro” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum veritatis, sobre la vocación eclesial del teólogo, 24 de mayo de 1990, n. 18).
[22] Todo esto es lo que se desprende de las preguntas retóricas de su Premisa (cf. Häring, Pastorale dei divorziati, 11): “¿Sabrá [la Iglesia] darse cuenta mejor que en el pasado, de que quien la invita es el Maestro que dice de sí mismo: «No he venido a juzgar sino a salvar»? ¿Logrará liberarse de la dependencia de la letra, para una fidelidad plena al propio fundador? (…) ¿Estará en condiciones de encontrar (…) las vías que le permitan entender y captar el matrimonio como vocación a la libre fidelidad, con la capacidad de tener presente además las condiciones actuales concretas…?” Es lógico que sólo quien no ha entendido bien algo necesita “darse cuenta mejor”, así como únicamente es el esclavizado quien necesita liberarse y el que no está en condición de algo, quien debe encontrar tal condición.
[23] Lo hacía un mes y medio después de su publicación con el artículo: La crisis de la encíclica. Oponerse puede y debe ser un servicio de amor hacia el Papa: «Commonweal» 88, nº20, 6 de setiembre de 1968. El artículo también fue reproducido por la revista de los jesuitas de Chile, «Mensaje» 173, X-1968, 477-488.
[24] Häring, Pastorale dei divorziati, 22.
[25] Häring, Pastorale dei divorziati, 23.
[26] Cf. Häring, Pastorale dei divorziati, 66-68.
[27] Häring, Pastorale dei divorziati, 65-66.
[28] Häring, Pastorale dei divorziati, 39.
[29] Häring, Pastorale dei divorziati, 22.
[30] Häring, Pastorale dei divorziati, 26.
[31] Häring, Pastorale dei divorziati, 24.
[32] Häring, Pastorale dei divorziati, 24-25.
[33] Cf. Por qué cada vez más estadounidenses viven solos, BBC Mundo, 27 de abril de 2012 (www.bbc.co.uk/mundo/noticias/2012/04/120425_cultura_eeuu_solos_tsb.shtml).
[34] Ford, Judy, Single: The Art of Being Satisfied, Fulfilled and Independent, Avon, Massachusetts (2004).
[35] Cf. Klinenberg, Eric, America: Single, and Loving It, The New York Times, 10 de febrero de 2012. Klinemberg es autor de: Going solo: The extraordinary Rise and Surprising Appeal of Living Alone, New York (2013).
[36] Häring, Pastorale dei divorziati, 27; 41.
[37] Häring, Pastorale dei divorziati, 49.
[38] Häring, Pastorale dei divorziati, 51.
[39] Häring, Pastorale dei divorziati, 52.
[40] Pérez-Soba – Kampowski, Il Vangelo della Famiglia, Cantagalli, Siena (2014), 84; Pelland, G., La práctica de la Iglesia antigua relativa a los fieles divorciados vueltos a casarse; en: Congregación para la Doctrina de Fe, Sobre la atención pastoral de los divorciados vueltos a casar. Documentos, comentarios y estudios, Madrid (2006), 138.
[41] Häring, Pastorale dei divorziati, 69.
[42] Häring, Pastorale dei divorziati, 74-75.
[43] Häring, Pastorale dei divorziati, 78-83.
Me parece excelente esta posición. No soy docto en ellas, pero los divorciados..aunque recibidos de todo corazón en el seno de la Santa Iglesia Católica Apostólica Romana, NO PUEDEN NI DEBEN COMULGAR….cuando han vuelto a establecer vínculos afectivos y sexuales con otra persona. Serán recibidos con toda caridad, para acompañarlos en sus vidas,…pero no deben acceder a la Eucaristía sacramental. AMDG